jueves, 31 de marzo de 2016

PASOS EN EL CONTROL DE ESPECIES INVASORAS: ¿DEMASIADO TARDE?

Hace unos días se hizo pública una sentencia del Tribunal Supremo que anula las exclusión de varias especies de plantas, hongos y animales del catálogo de especies exóticas invasoras establecido en 2.013. Es decir, es una sentencia que devuelve al catálogo de invasoras diversas especies que, por motivos económicos o comerciales, habían sido "indultadas". Las criaturas de la discordia son las siguientes: Batracio mirhocytrium dendrobatidis, Udaria pinnatifida, Helianthus tuberosus, Cyprinus carpio, Oncorhynchus mykiss, Hucho hucha, Ammotragus lervia, Neovison vison, Procambarus clarkii, Phytophthora ramorum, Phytophthora cinnamomi, Ophistoma ulmi y Ophistoma nono-ulmi. Todas, con excepción del salmón del Danubio o hucho (Hucho hucho), vuelven al Anexo del Catálogo de Especies Exóticas Invasoras aprobado por el Real Decreto 630/2013.

En teoría, este fallo judicial debería provocar cambios importantes en la gestión de todas estas especies. Por ejemplo, la comercialización del cangrejo de río americano (Procambarus clarkii) y la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), que son de lo más común en las pescaderías, tendría que desaparecer o producirse de otra manera. Además, deberían prohibirse por completo las sueltas masivas de truchas arcoíris y carpas (Cyprinus carpio) en nuestros ríos y embalses, algo cotidiano en la gestión de muchos cotos de pesca de medio país. Tampoco podrán autorizarse ni ampliarse granjas de cría de visón americano (Neovison vison), especie relacionada con la destrucción de especies autóctonas amenazadas como la rata de agua meridional (Arvicola sapidus), el desmán (Galemys pyrenaicus), la rana patilarga (Rana iberica) y, especialmente, el visón europeo (Mustela lutreola).

No obstante, para muchas de estos animales, hongos y plantas asilvestrados e invasores, puede que las medidas tomadas lleguen ya muy tarde. Por ejemplo, eliminar el visón americano o el cangrejo rojo, va a ser prácticamente imposible, a no ser que se realicen planes integrales dotadas con ingentes presupuestos. Además, los intereses económicos creados en torno a muchas especies invasoras, hacen que cuenten con el apoyo popular de ciertos sectores de la sociedad. Eso explica la continua expansión del siluro o la resistencia del sector cinegético para declarar el arruí como invasor. En cambio, se da la paradoja de que algunas especies autóctonas son señaladas como invasoras en determinadas situaciones. Por ejemplo, se ha dado la circunstancia de que el gamo (Dama dama) ha sido tratado como un invasor indeseable en su expansión por el suroeste de Teruel, adonde ha llegado desde Cuenca. El gamo debe considerarse como <<reintroducido>>, pues existen numerosas pruebas de que existió en nuestro territorio durante milenios, antes de extinguirse probablemente por influencia humana. Lo mismo puede decirse del muflón (Ovis musimon). La extinción del bisonte europeo (Bison bonasus) y el caballo salvaje (Equus ferus) son aún más recientes, y no está prevista su reintroducción. Más patético aún resulta que el meloncillo (Herpestes ichneumon), e incluso el oso pardo, sean tratados de exóticos y dañinos en algunas regiones por determinados colectivos. Y, mientras tanto, esta invasión silenciosa continúa. Como muestra, esta fotografía de un arce negundo (Acer negundo) junto al río Jarama, en Madrid, donde este árbol de origen americano está ocupando los bosques de ribera del sureste:


Veamos qué efecto tiene esta sentencia en el futuro de nuestros ecosistemas:

El Tribunal Supremo amplía el registro de especies invasoras


La Sala de lo Contencioso anula las excepciones de la normativa que permitían la caza o pesca de algunas de estas especies, la comercialización de otras, como el cangrejo rojo, o las explotaciones de cría del visón americano.
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Sentencia especies invasoras
El Supremo ha estimado parcialmente un recurso de Ecologistas en Acción y ha ampliado el Catálogo español de Especies Exóticas Invasoras, incluyendo entre otras especies a la carpa común y a la trucha arco iris. Asimismo, anula las excepciones de la normativa que permitían la caza o pesca de algunas de estas especies, la comercialización de otras (cangrejo rojo) o las explotaciones de cría del visón americano.
La Sala III del alto tribunal estima parcialmente el recurso de Ecologistas en Acción, la Sociedad Española de Ornitología y la Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos, contra el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de Especies Exóticas Invasoras.
La sentencia anula la exclusión del Catálogo, y por tanto ordena su inclusión, de la carpa común, la trucha arco iris, el alga comestible wakame, la pataca o tupinambo y el hongo quitridio. La decisión se basa en informes científicos del CSIC y otros expertos que prueban el carácter invasor y la amenaza grave que suponen sobre las especies autóctonas, el medio ambiente y los hábitats y ecosistemas. Algunas de estas especies ya estaban incluidas en el listado de las 100 especies exóticas invasoras más dañinas del mundo, según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
La inclusión en este Catálogo conlleva la prohibición genérica de posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, incluyendo el comercio exterior.
Asimismo, el Supremo establece la inclusión en el catálogo de la población murciana del bóvido conocido como arruí (Ammotragus lervia), que los demandantes señalaban que fue introducida en la sierra murciana de Espuña en 1970 por su interés cinegético como trofeo debido a su notable cornamenta. El Supremo rechaza que pueda ser excluido por razón del lugar o provincia de su originaria introducción, o de la fecha de introducción, cuando no se han acreditado circunstancias relativas al hábitat o ecosistemas que sí podrían valorarse.
De las especies por cuya inclusión en el Catálogo abogaban los demandantes, el Supremo no comparte sólo la del Hucho hucho, o salmón del Danubio, al no existir una evidencia científica contrastada acerca de la consideración de este pez como especie exótica invasora, contando con datos como sus dificultades de adaptación al medio y su localización geográfica restringida al río Tormes.
Además, la sentencia anula diversas disposiciones adicionales y transitorias del Real Decreto que reconocen o facilitan actividades empresariales o deportivas en relación con especies catalogadas, prohibidas con carácter general e incondicional en el artículo 61.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
De ese modo, se anula el apartado segundo de la disposición adicional sexta, en cuanto permitía la autorización de explotaciones de cría de visión americano, o la disposición adicional quinta, que posibilitaba la comercialización del cangrejo rojo, al que califica como especie invasora con acreditada constatación científica sobre su carácter dañino.
También se anula la disposición transitoria segunda, ya que “se trata de una disposición transitoria que no es, en rigor, transitoria, sino que provee un régimen prolongado de disfrute de determinadas situaciones, por tiempo indefinido, en favor de actividades cinegéticas o piscícolas que son legítimas en su ejercicio, pero que no pueden prevalecer frente a los valores superiores que se tratan de preservar con el Catálogo de previsión legal, de suerte que será legal, incluso encomiable y susceptible de protección la caza y la pesca, cuando no se haga objeto de ellas especies catalogadas, que lo son por sus perniciosos efectos sobre el medio ambiente y, en especial, sobre las especies autóctonas y los hábitats y ecosistemas”.
“Está en la naturaleza de las cosas que la caza y la pesca, lejos de servir a los fines de erradicación de las especies catalogadas, más bien determinan su mantenimiento indefinido, cuando no la agravación, del status quo actual, dificultando, si no haciendo imposible, su erradicación, que es un objetivo inequívoco de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad”, añade.
Como demandados en el proceso figuraban, además de la Administración General del Estado, la Asociación Española de Black-Bass y la Federación Española de Pesca y Casting.
En varios de los casos, la exclusión del Catálogo de las especies ahora consideradas invasoras por el Supremo fue acordada a solicitud de las comunidades autónomas afectadas.
Fuente: http://www.ecologistasenaccion.org/article31869.html

viernes, 18 de marzo de 2016

ADIÓS, LEY VIRUS, ADIÓS

Otra buena noticia medioambiental en la Comunidad de Madrid y, como no son precisamente muchas, no voy a perder la ocasión de hacerle eco en este blog. Ayer, día 17 de marzo, se derogó la llamada Ley Virus, promovida por el anterior ejecutivo regional de Esperanza Aguirre. Esta ley puede considerarse un ejemplo paradigmático de cómo se ha legalizado e institucionalizado la corrupción urbanística en España. También es un ejemplo de cómo la presión ciudadana puede ayudar a revocar este tipo de aberraciones legislativas. Sin duda, también ayuda la crisis. Probablemente, en un contexto de burbuja urbanística, jamás se hubiese dado este acontecimiento. Dejo aquí un artículo al respecto, publicado por Ecologistas en Acción:

Derogada la Ley ViRuS

La Asamblea de Madrid ha derogado, por unanimidad, la Ley de Viviendas Rurales Sostenibles, más conocida como Ley ViRuS. Esta ley permitía la construcción de mansiones en terrenos rústicos aunque el planeamiento municipal no lo autorizase. Ecologistas en Acción y GRAMA, incluidos en la Plataforma Anti-ViRuS, aplauden esta decisión, fruto del trabajo de oposición realizado por distintos colectivos desde 2012.
En el Pleno de la Asamblea de Madrid celebrado hoy jueves 17 de marzo se ha derogado por la unanimidad de los cuatro grupos parlamentarios (PP, PSOE, Podemos y Ciudadanos), aunque el Grupo Parlamentario Popular se ha opuesto a la exposición de motivos.
La ley ViRuS se aprobó en 2012 a propuesta del gobierno de Esperanza Aguirre y siendo responsables de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Ana Isabel Mariño y Borja Sarasola. La Ley contó con la oposición de todos los grupos parlamentarios, excepto del Partido Popular que la sacó adelante apoyado en su mayoría absoluta.
Con la derogación de la ley se cierra así una larga lucha de distintos colectivos ciudadanos que, entre otras cosas, propiciaron la interposición de un recurso de inconstitucionalidad por parte del PSOE.
La Ley ViRuS permitía la construcción de grandes viviendas unifamiliares, en parcelas de un mínimo de seis hectáreas en terrenos rústicos, desvinculadas de cualquier actividad y eludiendo todos los procedimientos de control sobre la viabilidad ambiental y urbanística de las mismas. Las nuevas viviendas se podían autorizar con una simple licencia municipal, eludiendo el control de los órganos supramunicipales que gestionan el medioambiente, el patrimonio histórico, el control urbanístico, etc. Nadie valoraba, por tanto, el impacto sobre el territorio, el paisaje, los hábitats y la fauna, el patrimonio arqueológico, etc.
Para luchar contra los efectos injustos de esta ley se formó la denominada Ley ViRuS, formada por colectivos ecologistas (Ecologistas en Acción y GRAMA), vecinales (FRAVM), colectivos de arquitectos, (Club de Debates Urbanos, Asociación Sostenibilidad y Arquitectura), profesionales de diferentes sectores (arquitectos, geógrafos, etc), sindicatos (CCOO de Madrid), partidos políticos (Equo, IU, PSOE), etc. Los colectivos Ecologistas en Acción y GRAMA felicitan a la Asamblea de Madrid por esta decisión, fruto del trabajo y la lucha de los distintos colectivos.
Fuente: http://www.ecologistasenaccion.org/article31856.html

martes, 1 de marzo de 2016

DEL TIEMPO Y LEONCITOS DESCONGELADOS

El año pasado unos investigadores rusos anunciaron un descubrimiento de sumo interés paleontológico y biológico. Unos cazadores siberianos se habían tropezado, por casualidad, con dos cachorrillos de león de las cavernas (Panthera leo spelaea o Panthera spelaea) junto al río Uyandina, en Yakutia. La noticia resonó en todo el mundo, dado que los animales, al haber permanecido congelados en permafrost, se habían conservado casi intactos durante más de 12.000 años:


Bueno, tal vez he exagerado un poco al decir que el hallazgo <<resonó en todo el mundo>>. Desde luego, no lo hizo en nuestros medios de comunicación, más inclinados a retransmitir una y otra vez imágenes de una vaca correteando en un prado de Illinois o la sonrisa de un bebé colgada en Youtube. Pero, como decían Martes y Trece en una de sus parodias, no me quiero desviar y menos en público, así que volvamos a nuestros felinos siberianos. Desde luego, esos cachorros son muy importantes para aprender sobre los leones de las cavernas, ya que nos dan información sobre su color, tipo de pelo y otras muchas cuestiones, al conservarse sus tejidos blandos y órganos. 

Y es que el león cavernario siempre ha resultado una especie bastante misteriosa. Aunque se han encontrado esqueletos enteros, muchos restos e incluso representaciones artísticas de los pueblos paleolíticos, hasta hace poco ni siquiera se sabía si eran realmente leones o una especie de tigre, dado el parecido entre los cráneos de unos y otros.


Pero, sí, finalmente eran leones, aunque un tanto diferentes a los actuales. Para empezar, eran de mayor tamaño y sus proporciones eran ligeramente distintas. Existen indicios de que los machos apenas tenían una pequeña crin en el cuello, que no llegaba a ser una melena (que no dejaría de ser un engorro si la nieve se congelaba en una pelambrera tan larga). Aunque, dado que los leones que conocemos actualmente viven fundamentalmente en regiones tropicales de África, puede resultar un poco chocante el hecho de que estos felinos vivieran en ambientes fríos e incluso subpolares. Y es que, durante el Pleistoceno, los leones constituyeron una de las estirpes de felinos de mayor éxito en nuestro planeta. Se diversificaron en una gran variedad de formas que se extendieron por África, buena parte de Asia y Europa. También alcanzaron y colonizaron Norteamérica, a través del Estrecho de Béring, aparentemente en dos oleadas diferentes. El león de las cavernas fue una de las formas de mayor extensión geográfica, ya que llegó a habitar desde las orillas del océano Atlántico hasta Siberia oriental y Alaska. Prosperó en un mundo más frío que el actual, en el que inmensas manadas de herbívoros recorrían las estepas y taigas del Viejo Mundo. Nuestros antepasados los conocían muy bien. Los representaron multitud de veces en sus obras de arte, como tributo a una de las fuerzas más temibles de la naturaleza:


Y, sin embargo, tras adaptarse con éxito a cambios climáticos de diferente magnitud, pese a su fuerza, y capacidad para resistir condiciones muy duras, los últimos leones de las cavernas murieron hace unos 12.000 años. Su extinción coincidió en el tiempo con la de los últimos leones americanos y con el crecimiento de la población humana al acabar la última glaciación. Los últimos leones sobre la faz de la tierra, aquellos que aún abundaban en África y el sur de Asia y de Europa, poco a poco también fueron retrocediendo. Y, en la actualidad, el león africano se considera amenazado de extinción y el asiático se encuentra en una situación crítica. Los grandes predadores que una vez dominaron el mundo, han perdido casi todo y ahora penden de un hilo. De hecho, su futuro depende de decisiones políticas y económicas de una especie muy diferente: la nuestra.

Pero, viendo esos cachorros de león de las cavernas, que parecen nacidos hace unos días, a uno le da la impresión de poder regresar a un momento íntimo de hace milenios. Casi podemos ver esos leoncitos aguardando a su madre en el cubil, justo antes de que los sepultara un corrimiento de tierra. Fuera, la primavera estaría llegando a la planicie del río Uyandina, y los grandes rebaños de renos, caballos y mamuts habrían comenzado ya a cubrir los pastizales. El viento recorría las estepas y hacía temblar los primeros brotes de los sauces y abedules de las riberas. Como venía sucediendo desde hacía milenios. Así era el mundo donde los leones de las cavernas abundaban desde tiempos inmemoriales. Y, sin embargo, todo estaba a punto de cambiar. No sólo por aquel deslizamiento de tierras que acabaría con la vida de los cachorros, preservándolos. Una serie de cambios iban a desencadenarse en breve, acabando con las grandes fieras del Uyandina sin importar lo afilado de sus colmillos y garras. Pronto toda su especie desaparecería para siempre. Tal vez el propio poderío de los leones del norte fuese su punto débil. Porque necesitaban una gran cantidad de presas de buen tamaño. Es decir, dependían del acceso a unos recursos abundantes que proporcionaban un gran retorno energético. El año en que las manadas de herbívoros empezaron a escasear en la planicie, los leones cavernarios comenzaron su declive.

Mucho más incluso que los leones, los seres humanos somos grandes consumidores de recursos y de energía. Particularmente la civilización industrial globalizada en la que vivimos. Los días pasan en una especie de tranquila rutina, como si el mundo siempre fuese a permanecer igual. Ante nuestros ojos, los coches circulan y nos quejamos de la programación de la tele. Observamos con naturalidad las farolas encendidas, los aviones surcan el cielo, no nos parece inaudito que los políticos prometan crecimiento económico. El tiempo pasa mientras las gráficas de la producción de petróleo oscilan cada vez más bruscamente. No nos inquietan sus curvas. Así debía sentirse la leona cavernaria al salir de su cubil aquella primavera, mientras miraba los renos en el valle.